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El MEF y el problema de las regalías: Proyecto de Ley de Hidrocarburos al archivo

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Jorge Manco Zaconetti
Profesor investigador en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM

En un artículo anterior analizamos la opinión desfavorable del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre el proyecto y dictamen correspondiente de la Nueva Ley de Hidrocarburos (NLH), donde expresamos nuestra coincidencia teórica y práctica sobre diversos aspectos, destacando el problema de las regalías y el financiamiento del canon y sobrecanon petrolero (18.75%) más los ingresos no tributarios que perciben los organismos como Perúpetro (1%) de las regalías, Osinergmin (0.75%) y el propio Ministerio de Energía y Minas (0.75%)

Sin embargo, nuestra discrepancia fundamental con el MEF está en relación al acuerdo tácito que tendría con los promotores del proyecto de ley, que tiene como objetivo central extender graciosamente por 30 años adicionales a las empresas petroleras que tienen contratos con fecha de vencimiento antes del 2026.

En esta realidad de los contratos próximos a su vencimiento debemos considerar a los lotes Z- 2B (Savia), II (Petrolera Monterrico), I y V (Graña y Montero), VI/VII (Sapet), X (CNPC), 8 (Pluspetrol), 31 C,  (Aguaytía), 31 B/D (Maple).

En verdad, desde un punto de vista fiscalista se comprende la oposición del MEF a la renegociación de las tasas de regalías a petición de parte de las empresas, entre los puntos de vista observados. Si el canon y sobrecanon petrolero se determina sobre el 18.75 % del valor de la producción de petróleo y gas asociado, una renegociación de las tasas de regalías hacia abajo, quebraría el equilibrio fiscal según el MEF.

Si a ello se agrega que el 3% de las regalías están comprometidas como ingresos no tributarios para diversos organismos del estado, el problema del financiamiento se agrava, pues el MEF tendría que recurrir a otras partidas para financiar el canon petrolero y los ingresos no tributarios para dichos organismos.

Si se entiende que las regalías son los ingresos que percibe el estado por transferir a los privados el derecho de explotación de los recursos naturales. Las regalías tienen su origen en el derecho real (regale) que tenían los reyes de la antigüedad por transferir y autorizar la explotación de los recursos por parte de los privados.

Con excepción de los contratos de explotación de los lotes Z-2B (Savia) y I más V bajo responsabilidad de Graña y Montero Petrolera S.A., que corresponden a “contratos de servicios”, donde el estado formalmente detenta la propiedad sobre los hidrocarburos y retribuye a las empresas, en especie o en dinero parte de la producción.

CONTRATO LESIVO Z-2B

Así, en el caso del contrato por el lote Z-2B que tiene una vigencia (1994-2024) de treinta años, la retribución es del 84% de la producción, y el estado se queda con una tasa equivalente al 16% que PerúPetro está obligado a vender a precios de mercado.

En verdad, dicha participación del estado es menor al 16% y correspondería a una “tasa de regalía equivalente” que resulta realmente por debajo del 16% pues el estado tiene que pagar los derechos de importación (impuestos) por maquinaria y equipo que tenga que efectuar el Consorcio Savia, que está conformado dicho sea de paso por dos empresas estatales, Ecopetrol de Colombia y KNOC de Corea del Sur.

Se debe tener presente que Savia compró los derechos del contrato a la cuestionada empresa Petrotech Peruana en una transferencia contractual que formalmente tuvo un valor de US $ 900 millones de dólares hacia 2009, tras el escándalo de los “petroaudios” donde se acusó a la norteamericana Petrotech de haber auspiciado el espionaje industrial sobre una red de corrupción que comprometía a los más altos funcionarios del gobierno aprista.

Resulta sintomático que en el referido “faenón petrolero” el rol de Perúpetro haya sido cuestionable e impropio. Es más, si se tiene presente que las reservas de hidrocarburos “in situ” son propiedad del estado. Con el agravante que tratándose de un “contrato de servicios”, tanto el petróleo, y gas natural le corresponden en propiedad al estado.

Si a ello se agrega que las plataformas marinas más de 85, las instalaciones, tuberías, ductos submarinos, motores, embarcaciones también eran y son propiedad del estado, en concreto de PetroPerú que tuvo que asumir entre los años 1994 al 1997 el pago de una deuda equivalente de más de US $ 257 millones de dólares, como solución al problema de la estatización de la Belco-AIG (aseguradora) que se arrastraba desde 1986 con el desastre económico del primer gobierno de Alan García.

Por tal, en reconocimiento a esa propiedad que tiene PetroPerú sobre dichos activos, es que Petrotech-Savia han tenido que abonar un alquiler que resulta en un ingreso equivalente para la petrolera estatal de US $ 10 millones de dólares anuales.

Ello significa que ha vista y paciencia de Perúpetro, la petrolera Petrotech percibió más de US $ 900 millones de dólares por una transferencia contractual donde obviamente se valorizaron las reservas y las instalaciones.

Hoy, el Consorcio Savia con sus “espadachines a sueldo” con el argumento de asegurar las inversiones,  pretende obtener a través de la Nueva de Hidrocarburos (NLH) una prórroga de 30 años sin pagar absolutamente nada al estado, y lo más irritante es que gracias al lobby petrolero, el presidente actual de PerúPetro… está de acuerdo.

DISPERSIÓN EN LAS REGALÍAS 

Como bien dice el informe del MEF las tasas de regalías petroleras fluctúan entre tasas de 5% al 50% gracias a una serie de normas promocionales que se otorgaron en el pasado en especial el DS 017-2003 que permitía el establecimiento de una tasa de 5% que podía aumentar al 20% siempre y cuando la producción del lote materia del contrato alcanzase los 100 mil barriles diarios es decir…nunca.

En tal sentido, en los contratos de explotación  materia de caducidad antes del 2026 en orden de importancia el contrato del lote X operado por la estatal china CNPC con una producción superior a los 12 mil barriles diarios de crudo ligero que tiene un valor superior al marcador WTI, tiene que pagar una tasa de regalía de 30.3%

Igualmente el contrato por el lote VI/VII bajo responsabilidad de la petrolera china Sapet, filial de la CNPC, por contrato tiene que abonar una tasa de regalía de 30.1%.

Por su importancia productiva la empresa Pluspetrol Norte que opera el lote 8 desde 1996 por contrato tiene que abonar una tasa de regalía de 25.5 %.

Por último, los contratos por el lote II bajo responsabilidad de Petrolera Monterrico paga una tasa de regalía de 50.2%, en la selva central la empresa Maple pagaba una tasa de 50% hasta marzo del 2016 en los lotes 31B y 31D.

Finalmente Graña y Montero Petrolera que mantiene un contrato de servicios por los lotes I y V tiene que abonar una tasa de regalía equivalente a 18.65% y 25.06% respectivamente.

INDEBIDA PRESIÓN

Hoy estamos asumiendo las consecuencias de haber privatizado de manera fragmentada el gran lote X ubicado en la Cuenca Talara que tiene más de 100 años de explotación con más de 4,000 pozos perforados.

Tanto los lotes I, V, VI/VII, III, IV, IX, XIII, son yacimientos que han dado partida de nacimiento a pequeños lotes que se han dedicado básicamente a explotar las reservas probadas, probables y posibles que dejó PetroPerú antes de la cuestionada privatización.

Sin economías de escala, con duplicidad de gerencias y costos, las empresas que asumieron la responsabilidad de explotación de dichos lotes pactaron contractualmente tasas de regalías que hoy nos pueden parecer altas. Se pactaron dichas tasas de regalías pues en la mayoría de casos se entregaban lotes en operación con reservas probadas con un mínimo riesgo de explotación.

Hoy dichas empresas a través de sus gremios empresariales y sus “espadachines a sueldo” presionan por el establecimiento de tasas de “regalías competitivas” más una ampliación contractual de 30 años adicionales, de lo contrario argumentan la producción de crudo seguirá disminuyendo  pues en este último tramo no podrían recuperar sus inversiones.

Sin embargo, cabe recordar que dichas tasas de regalías del 30% o 50 % fueron pactadas con precios internacionales menores a los 20 dólares el barril, hoy los precios se mantienen por encima de los 70 dólares el barril, y las empresas argumentan que obtienen pérdidas.

Es más, cuando alcanzaron niveles sobre los 100 dólares el barril no invirtieron en actividades de riesgo, y hoy demandan al estado rebajas en las tasas de regalías y el MEF les dice.…”Ni de vainas. El proyecto de la Nueva Ley de Hidrocarburos no debe aprobarse.”

EPÍLOGO

En décadas pasadas con precios internacionales menores a los 40 dólares el barril de crudo, con las tasas de regalías pactadas contractualmente, las empresas petroleras obtenían importantes utilidades, y excedentes  como depreciaciones, al margen que las regalías transferidas al fisco tributariamente se deducen como gasto.

Hoy ejercen una presión mediática con los gremios empresariales que las representan, cuando lo que debiera negociarse entre Perúpetro y las empresas privadas que tienen sus contratos próximos a su vencimiento, es el adelanto del término contractual. En la presente coyuntura con precios superiores  a los 70 dólares el barril es poco creíble que las empresas estén obteniendo pérdidas económicas.

 

Por ello, desde un punto de vista moderno, las empresas interesadas deben pagar al estado por las reservas probadas, posibles, y probables, instalaciones, ductos, reservorios que dicho sea de paso al vencimiento del contrato pasarían a ser propiedad del estado.

 

Por tanto, desde el punto de vista del interés nacional, el estado debe poner en valor las reservas de hidrocarburos, negociar un adelanto del término contractual y licitar públicamente los contratos y todo lo que ello representa. Todo lo contrario significaría negociar con…. rodilleras

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